SAYULA, JALISCO; 17 DE DICIEMBRE DE 2015 (DCS).- Con el
fin de que toda persona tiene el derecho a la identidad y a ser registrado de
manera inmediata a su nacimiento, el Gobierno Municipal de Sayula, a través de
la Oficialía de Registro Civil, realiza el trámite gratuito de registro de
nacimientos extemporáneos.
Luego de que la
Dirección General del Registro Civil del Estado de Jalisco y el Sistema DIF
Jalisco firmarán el convenio de colaboración para implementar la campaña
permanente de registros, a partir del 1 de enero de 2015 los municipios del
Estado ofrecen este servicio gratuito.
Con las excepciones de Ley, será registro extemporáneo de
nacimiento, el efectuado después de los 180 días naturales, contados a partir
del día siguiente al de ocurrido el alumbramiento. Las solicitudes de registros
se tramitarán y resolverán de conformidad a lo establecido en el reglamento
respectivo por el Titular de la Oficialía de Registro Civil del municipio,
quién se cerciorará de la identidad de los interesados y del cumplimiento de
los demás requisitos que para el nacimiento se exigen, informó el Lic. Gildardo
Omar Santana de la Torre, titular de esta Oficialía.
Los requisitos para el registro extemporáneo son: constancia
o certificado de nacimiento (original) del hospital donde se dio el
alumbramiento, copias de actas de nacimiento certificadas de ambos padres
(resientes, no más de un año), copia de acta de matrimonio certificada, si
están casados y no se presenta el padre, el acta de matrimonio tiene que ser
original y resiente, constancia de inexistencia de nacimiento del lugar de origen
y pasando de 2 años, también se debe presentar la constancia de inexistencia del
lugar de origen del estado de Jalisco y una prueba testimonial (mayores de 18
años) que se tramita en el Sistema DIF, comprobante de domicilio, copia de
identificación oficial con fotografía de ambos padres, dos testigos con copia de
identificación oficial con fotografía, si la madre es divorciada, presentar
acta certificada de divorcio, llenar una solicitud que expide la Oficialía de
Registro Civil y en caso de ser menores de edad, solicitar el formato de
consentimiento para realizar el registro.
“La Oficialía de Registro Civil es una Institución de
buena fe, pero en caso de que la madre, padre, testigos y demás personas que
llegaren a intervenir en el levantamiento del Acta, declaren hechos falsos o
exhiban documentación apócrifa, será bajo su más estricta responsabilidad, sin
perjuicio del derecho y obligación que tiene está Oficialía para denunciar y
ejercitar las acciones legales correspondientes ante las autoridades
competentes”, como se lee al reverso de la solicitud de registro.
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